jueves, 12 de junio de 2008

España y el separatismo del PP en materia educativa

La Constitución Española establece en el Artículo 66 que Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución. Las Cortes Generales son inviolables"

El Congreso de los Diputados aprobó, tras su tramitación la Ley Orgánica de Educación, norma básica que debe de aplicarse en todo el Estado.

Bien, algo tan obvio, que a las Cortes Generales (Congreso y Senado) le corresponde la regulación de las normas básicas constitucionalmente atribuidas, es cuestionado de forma "separatista" por el principal partido de la oposición, el PP. Es un separatismo supuestamente ideológico amparado en "su moral" como si la moral particular estuviera por encima de la norma constitucional. Este separatismo "institucional" se está aplicando, como estamos viendo, a la Ley Orgánica de Educación, especialmente en el área de Educación para la Ciudadanía y los derechos humanos.

Sorprende que el PP que ha hecho gala de la defensa "centralista" de España, incluso llegó a plantear "renacionalizar" competencias autonómicas reformando la Constitución y ahora, en la aplicación de una ley básica aprobada por las Cortes Generales, que obliga a todas las autonomías, por cuestiones políticas, este partido intenta buscar excusas para no desarrollar la ley, practicando un "separatismo" territorial apoyado en cuestiones ideológicas.
¿Os imagináis que Ibarretxe hiciera lo mismo en el País Vasco?. ¿Qué diría el PP ante un mismo hecho?.

Debemos recordar que la denominación completa de la materia es Educación para la ciudadanía y los derechos humanos:

- La nueva materia responde a los mandatos y recomendaciones de diversos organismos internacionales, entre los que destacan:

o Conferencia Mundial de Derechos Humanos (1993):

Solicitó “... a todos los estados e instituciones que incluyan los derechos humanos, el derecho humanitario, la democracia y el imperio de la ley como temas de los programas de estudio de todas las instituciones de enseñanza académica y no académica”.

o Recomendación 2002/12 del Consejo de Europa:

“Recomienda que los gobiernos de los Estados miembros, en lo que respecta a su estructura constitucional, su situación nacional o local y su sistema educativo, hagan de la educación para la ciudadanía democrática un objetivo prioritario de la política educativa y de sus reformas.”

o Unión Europea:

(Recomendación sobre competencias clave, 2006):

Uno de los ocho dominios que la Unión Europea define como competencia clave o básica es el formado por las competencias interpersonales y cívicas:

“Las competencias interpersonales incluyen todo tipo de comportamientos que un individuo debería dominar con el fin de ser capaz de participar de forma eficiente y constructiva y resolver conflictos en la vida social, en la interacción con otros individuos (o grupos) en contextos personales, familiares y públicos.

El alcance de las competencias cívicas es más amplio que el de otras competencias interpersonales en virtud de su existencia a nivel social. Pueden ser descritas como una serie de competencias que permiten al individuo lograr una participación en la vida cívica”.


(Estrategia de Lisboa. Objetivos europeos 2010):

Objetivo estratégico 2: Facilitar el acceso de todos a los sistemas de educación y formación.

Objetivo específico 2.3. Promoción de la ciudadanía activa, la igualdad de oportunidades y la cohesión social.

- La educación para la ciudadanía se imparte en la educación secundaria, con ese u otro nombre, como materia independiente en 19 países europeos, 16 de ellos miembros de la Unión Europea. No es cierto, en absoluto, que seamos una excepción.

- La base fundamental de los contenidos que se proponen en la nueva materia son la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los acuerdos y declaraciones de ella derivados, así como los valores recogidos en la Constitución española. Ningún demócrata disentirá de tal planteamiento.

- En los currículos de los tres cursos presentados los contenidos se organizan en torno a cuatro aspectos fundamentales:

o Persona, familia y relaciones interpersonales (6 unidades)

o Los derechos humanos. Pactos y convenios internacionales. Situación en el mundo actual. Teorías éticas (8 unidades)

o Principios constitucionales. Funcionamiento de las sociedades y de los estados democráticos. Participación y ejercicio de la ciudadanía democrática (24 unidades, más de la mitad del temario)

o Desigualdad y conflictos en el mundo actual. Globalización e interdependencia (9 unidades)

- En ningún caso se trata de imponer a los alumnos opciones morales o religiosas o concepciones ideológicas que son propias del ámbito privado. No se debe confundir la imposición de una opción moral o el adoctrinamiento, cosa que no debe hacer la escuela en ningún supuesto, con el análisis y la deliberación acerca de los temas presentes en la sociedad que nos rodea, tarea que la escuela ha desempeñado históricamente.

- Se trata de que los alumnos adquieran los conocimientos necesarios, reflexionen y actúen como ciudadanos, en el ámbito público, de acuerdo con los principios de los derechos humanos como referencia universal para la conducta humana y de los valores constitucionales.

- El MEC ha procedido de manera impecable, consultando a muy diversas personas y organizaciones, recibiendo las propuestas de todos ellos, elaborando un borrador para la discusión, enviándolo a las Comunidades Autónomas y a los diversos sectores de la comunidad educativa y acogiendo las observaciones emitidas por unos y otros. Sobre esa base elaborará el proyecto de Real Decreto de enseñanzas mínimas, que seguirá los cauces establecidos para su consulta formal (Conferencia sectorial de Educación, Consejo Escolar del Estado, Consejo de Estado).

- El MEC está cumpliendo y cumplirá rigurosamente todos los procedimientos establecidos para desarrollar el currículo de esta materia, como no podría ser de otro modo.


La Ley Orgánica de Educación establece que Educación para la ciudadanía y los derechos humanos se estudiará:

- En uno de los dos últimos cursos de Primaria (5º o 6º, o sea 10 u 11 años).
- En uno de los tres primeros cursos de Educación Secundaria Obligatoria (o sea, 2º o 3º -12 o 14 años- porque en 1º se procura que el número de asignaturas no aumente demasiado con respecto a Primaria). 4º secundaria (15 años) como “Educación ético-cívica”.

En uno de los dos cursos de Bachillerato (16-17 años) bajo el nombre de Filosofía y ciudadanía.

El Calendario de Aplicación de la LOE establece que las clases según la LOE se implantarán gradualmente:

- En el curso 2007/2008: 1º y 2º de Primaria y 1º y 3º de Secundaria.
- En el curso 2008/2009: 3º y 4º de Primaria, 2º y 4º de Secundaria y 1º de Bachillerato.
- En el curso 2009/2010: 5º y 6º de Primaria y 2º de Bachillerato.

Esto significa que este curso se ha impartido la EpC de ESO en las 7 Comunidades que han elegido impartirla en 3º de ESO: Aragón, Asturias, Cantabria, Cataluña, Extremadura y Navarra. El curso que viene en el resto (incluidas Ceuta y Melilla). La EpC de Primaria empezará en el curso 2009/2010 en todas partes, ya que tanto 5º como 6º entran en vigor a la vez.

Número de horas: Los mínimos establecidos por el Gobierno son: En Primaria 50 horas (a modo de Ejemplo Religión tiene 105) y para Secundaria 35 horas, es decir 1 hora a la semana uno curso, (más otras 35 horas de Educación Ético – Cívica en 4º).


Es difícilmente entendible que una materia, fundamental para que los alumnos conozcan los derechos humanos y los pilares de la democracia sea tomado como bandera política, siendo los alumnos/as los principales perjudicados por esta inestabilidad innecesaria.

Quizás sea mejor verlo con unas dosis de humor como hace en la Sexta el Gran Wyoming, si no fuera por la importancia que tiene evitar conflictos innecesarios en el ámbito educativo.

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